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Condenados por fumigar

La justicia cordobesa sentenció con tres años de prisión a un productor y un aviador por encontrarlos culpables de contaminar con agroquímicos. La Cámara 1 del Crimen de Córdoba condenó a dos de los tres imputados que eran investigados en el marco de fumigaciones realizadas sobre campos linderos al barrio Ituzaingó de la capital cordobesa….

La justicia cordobesa sentenció con tres años de prisión a un productor y un aviador por encontrarlos culpables de contaminar con agroquímicos.

La Cámara 1 del Crimen de Córdoba condenó a dos de los tres imputados que eran investigados en el marco de fumigaciones realizadas sobre campos linderos al barrio Ituzaingó de la capital cordobesa.

Los condenados recibieron la pena de tres años de prisión de ejecución condicional al ser hallados culpables por el tribunal, que falló -por unanimidad- tras más de nueve horas de deliberaciones.

Para la Justicia, Jorge Parra, propietario de un campo cultivado con soja, próximo al barrio Ituzaingó, es autor del delito de contaminación ambiental penado por la Ley de Residuos Peligrosos (N 24051), en forma continuada, por un hecho ocurrido entre octubre de 2003 y febrero de 2004, y, por mayoría, por otro sucedido en 2008.

Los camaristas también dispusieron que, durante cuatro años, Parra deberá cumplir como regla de conducta «diez horas semanales de trabajo no remunerado«, a favor «del Estado o de instituciones de bien público, vinculadas a la salud«, al tiempo que quedó inhabilitado «durante ocho años para el ejercicio de la actividad de aplicación de productos agroquímicos«.

Por su parte, el piloto Edgardo Jorge Pancello fue sentenciado con tres años de ejecución condicional por considerarlo coautor del delito de contaminación ambiental por el hecho ocurrido en 2008.

Los camaristas también resolvieron que, durante tres años, Pancello, que fue inhabilitado durante diez años «para el ejercicio de la actividad de aplicación de productos agroquímicos«, deberá realizar trabajos comunitarios no remunerables durante ocho horas semanales, «a favor del Estado o de una institución de bien público dedicada a la salud«.

Jorge Alberto Gabrielli, productor agropecuario, fue absuelto por considerar que faltaban pruebas determinantes y por aplicación del principio de presunción de inocencia.

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