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Sobre la aplicación del impuesto a las ganancias a pasivos provinciales

Las devoluciones correspondientes al ajuste final por las declaraciones juradas presentadas por percepciones y pagos a cuenta del impuesto a las ganancias del ejercicio 2015 se realizarán conjuntamente con los haberes de febrero de 2016.

Autoridades de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la provincia informaron que conjuntamente con los haberes correspondientes al mes de febrero de 2016 (que se percibirán en los próximos días de marzo) se realizarán las devoluciones correspondientes al ajuste final por las declaraciones juradas presentadas por percepciones y pagos a cuenta del impuesto a las ganancias del ejercicio 2015 (código N° 329).

Además -y por aplicación del decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 394/16 y la Resolución de AFIP N° 3831/16 que modifican la determinación del referido impuesto- se procede a la devolución de los montos abonados en exceso en relación a la actualización del mínimo no imponible y deducciones especiales al 01 de enero del corriente año (código N° 301).

Asimismo, y en el caso de los beneficiarios a quienes se les debe comenzar con la aplicación de las retenciones en razón de haberse derogado el beneficio establecido en el decreto 1242/13, las mismas (retroactivas a enero, febrero y marzo de 2016) se efectuarán en diez cuotas mensuales y consecutivas hasta el mes de noviembre del corriente año (código N° 611).

 

 

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Redaccion
Redacción de Firmat24
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