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Gabriel Real pide urgente resolución en el tema de la deuda de la Nación sobre Fondos de Coparticipación

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El legislador provincial Gabriel Real, en la sesión de hoy, ha manifestado, “la preocupación por el no avance de la Comisión integrada por miembros del Poder Ejecutivo Nacional y Poder Ejecutivo Provincial a los fines de determinar la deuda que la Nación tiene con la Provincia de Santa Fe sobre Fondos Coparticipables. Esta situación retrasa los tiempos de resolución sobre el tema en cuestión y no permite que el Ejecutivo Provincial se haga de esos fondos adeudados”.

Cabe recordar que el 24 de noviembre pasado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró, con el voto de los ministros Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, que es inconstitucional la deducción del 15% de la masa de impuestos coparticipables que realiza el Estado Nacional, sin el acuerdo de las provincias, para financiar a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

De esta manera, la Corte hizo lugar a las demandas planteadas por las provincias de Santa Fe y San Luis (“Santa Fe, Provincia de c/ Estado Nacional s/ acción declarativa de inconstitucionalidad” y CSJ 191/2009(45-S)/CS1”, “San Luis, Provincia de c/ Estado Nacional s/ acción declarativa de inconstitucionalidad y cobro de pesos”). Con fundamento en esta decisión, la Corte también ordenó al Estado Nacional, con carácter de medida cautelar, que suspenda de manera inmediata los descuentos que se le efectúan a la Provincia de Córdoba sobre fondos de la coparticipación federal de impuestos (“CSJ 786/2013 (49-C)/CS1 Córdoba, Provincia de c/ Estado Nacional y otro s/ medida cautelar”).

En su decisión, el Tribunal explicó que la referida deducción fue originalmente pactada en la cláusula primera del “Acuerdo entre el Gobierno Nacional y los Gobiernos Provinciales” del 12 de agosto de 1992 -ratificado por la Ley Nacional 24.130- y prorrogada sucesivamente mediante diversos pactos intrafederales de la misma naturaleza. Una vez vencidos esos compromisos, el Estado Nacional extendió a partir del 1° de enero de 2006 el plazo de esa deducción de manera unilateral mediante el dictado de la Ley 26.078, cuyo Artículo 76 hoy es declarado inconstitucional.

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Redaccion
Redacción de Firmat24
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