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En infracción por tirar bombas

Firmat recibió un acta de infracción por las bombas de estruendo lanzadas en el partido contra Sporting de Bigand. Por incumplir con la ordenanza vigente, alumnos de 5º año debieron hacer trabajo comunitario.

La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana labró un acta de infracción contra el Firmat Football Club por las bombas de estruendo que se lanzaron el fin de semana pasado, cuando el Rojo disputó un partido contra Sporting de Bigand.

Por su parte, fuentes ligadas a la institución deportiva firmatense aseguraron que las bombas de estruendo fueron manipuladas por la parcialidad visitante y que los locales sólo utilizaron pirotecnia de efecto lumínico de bajo sonido, las cuales están permitidas por la ordenanza vigente desde hace seis meses en nuestra ciudad.

Las actuaciones pasaron a manos del Juzgado de Faltas quien deberá determinar qué responsabilidad le cabe al club anfitrión y las sanciones correspondientes.

Trabajo comunitario para alumnos de 5º año

Por no cumplir con la ordenanza que prohíbe el uso de bombas de estruendo, días atrás, un grupo de jóvenes de 5º año de una de las escuelas de la ciudad, debieron cumplir con un trabajo comunitario.

En ese sentido, se pudo ver a los adolescentes pintando de color amarillo los cordones de las ochavas. La tarea se realizó  con la coordinación de personal municipal que los asesoró en la tarea e inspectores municipales que garantizaron la seguridad de los jóvenes.

Los jóvenes infligieron la legislación vigente en junio en ocasión de la ya tradicional presentación de buzos. Si bien la normativa plantea sanciones económicas para los infractores, en este caso, al no estar individualizadas las personas que generaron los disturbios, se decidió imponerles una tarea comunitaria.

La ordenanza

Después de varios meses de estudio y una intensa campaña llevada adelante desde Fundación Vassalli, en mayo de este año, el Concejo aprobó por unanimidad la ordenanza que regula la venta y uso de pirotecnia.

La iniciativa -impulsada inicialmente por los legisladores del Frente Progresista, Emiliano Stenta y Gabriel Grivarello- autoriza la venta y utilización de artículos de pirotecnia que “sólo tengan efecto visible y bajo poder auditivo”.

Al establecer que sólo podrán utilizarse dentro de la jurisdicción firmatense artículos clasificados por el RENAR como clase A-11 y B-3, la normativa prohíbe no sólo la venta sino el uso de bombas de estruendo.

Entre otras cuestiones, la ordenanza aclara que el Estado local “podrá autorizar eventualmente la utilización de artificios pirotécnicos en grandes espectáculos o cuando sean requeridos, siempre que correspondan con los permitidos en la presente ordenanza, sin riesgos de explosión en masas, y siempre que esté a cargo de personal idóneo”.

En ese sentido, enumera una serie de requisitos que los interesados deberán cumplimentar -con una antelación no menor a siete días- para acceder a dicho permiso.

Deberán indicar el lugar preciso donde se instalarán los artificios”;“nombre y domicilio de la institución o persona que patrocina la quema” y “motivo por el cuál se realiza”, son algunos de los datos que deben brindar.

Foto: Lisandro Carrobé.

 

 

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Redaccion
Redacción de Firmat24
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