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Opinión: sobre la muerte digna

El Dr. Ramiro Huber, especialista en salud pública opina sobre los alcances de la nueva legislación. Ley para una muerte digna La muerte, como episodio final de la vida, es un evento tan natural y frecuente como el nacimiento. En muchas oportunidades es el final misericordioso y natural de la vejez extrema; en ocasiones emerge…

El Dr. Ramiro Huber, especialista en salud pública opina sobre los alcances de la nueva legislación.

Ley para una muerte digna

La muerte, como episodio final de la vida, es un evento tan natural y frecuente como el nacimiento. En muchas oportunidades es el final misericordioso y natural de la vejez extrema; en ocasiones emerge como el episodio final de un evento fulminante; y otras veces el paciente agoniza prolongada y dolorosamente. 

En un principio el hombre no le temía a la muerte. La persona era guiada y sabía cuándo y cómo iba a morir; la muerte era aceptada sin temor, como sí fuera parte de una natural progresión. La muerte no era ni acelerada ni demorada. En el Edad Media la actitud empezó a cambiar. De algo que era común, ordinario, esperado y aceptado pasó a ser algo reservado y hasta prohibido. Actualmente la mayoría de las muertes ocurren en instituciones médicas u hospicios y en la más absoluta soledad. 

Los avances de la tecnología permitieron a los médicos disponer de un repertorio de intervenciones tecnológicas sin precedentes. La vida de los enfermos críticos es prolongada en forma nunca imaginada, y la tecnología hizo borrosa la línea divisoria entre la vida y la muerte. Los equipos de resucitación tienen ahora la capacidad de regresar a esta vida a personas «muertas» o casi muertas. Pero paradójicamente la prolongación de la vida de los pacientes con enfermedades incurables ha conducido a que estos enfermos experimenten frecuentemente complicaciones más severas que la propia enfermedad y mayor sufrimiento. 

La actuación del médico para que su paciente pueda «morir con dignidad», tiene que ver con evitar que la muerte afecte la dignidad de la persona. Los valores humanos tienen su esencia en el respeto por la persona. Esto aplicado al paciente terminal significa que cada uno de ellos debe ser informado sobre todas las decisiones que afecten su bienestar, y que debe solicitarse su consentimiento antes de proceder. 

Otra cosa diferente son la eutanasia y el suicidio asistido. En la eutanasia, las personas piden voluntariamente que el profesional ponga fin a su vida administrándole alguna sustancia letal, porque su enfermedad le produce un sufrimiento inaguantable. En el suicidio asistido los profesionales se limitan a facilitar dichas sustancias, pero es el propio paciente el que decide libremente cuándo tomarlas. Ambas acciones siguen siendo ilegales.

A partir de la reciente sanción de la ley de muerte digna, la aspiración de morir dignamente es un hecho legal, y significa poder morir con el mínimo sufrimiento físico, psíquico o espiritual; morir acompañado de los seres queridos; morir bien informado si se desea y no en la mentira falsamente compasiva; morir pudiendo rechazar los tratamientos que no se quieren; morir en la intimidad personal y familiar; morir sin que el profesional, con buena intención pero errado, se obstine en mantener tratamientos que ya no son útiles y sólo alargan el fin; morir en casa si se puede; morir dormido si uno lo solicita; morir bien cuidado; morir a tiempo; y morir en paz.

Dr. Ramiro Huber.

Especialista en Salud Pública y consultor en Sistemas y Servicios de Salud 

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