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Real solicita reducción de tasas de interés en el servicio de agua

En la iniciativa legislativa propone fijar en su reemplazo una tasa que contemple como límite máximo lo dispuesto en la Resolución N° 210 del año 2014 del Ministerio de Economía de la Provincia.

El diputado provincial del Partido Demócrata Progresista, Gabriel Real, presentó un proyecto para que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio correspondiente recomiende a Aguas Santafesinas S.A (ASSA), la reducción de las tasas de interés por mora que aplica para el pago fuera de término por sus servicios. En la iniciativa legislativa propone fijar en su reemplazo una tasa que contemple como límite máximo lo dispuesto en la  Resolución N° 210 del año 2014 del Ministerio de Economía de la Provincia.

ASSA es una empresa del Estado Provincial que se constituyó como sociedad anónima en febrero de 2006 con el objetivo de brindar el servicio de agua potable y desagües cloacales en 15 ciudades de la provincia. La participación accionaria de la empresa se distribuye de la siguiente manera: el Estado con el 51% del capital social, los 15 Municipios con el 39%; y el 10% restante a los empleados de la sociedad.

“Continuando la política pública del Estado Provincial, la empresa debe considerar el acceso al agua y a los servicios sanitarios que ofrece como un derecho humano, debiendo tener como objetivo de largo plazo lograr el acceso al agua potable para toda la población de la provincia. Habiendo recibido muchas inquietudes de particulares, comercios e industrias, se nos ha señalado que las tasas de interés por pago fuera de término son excesivas”, dijo Real.

En la actualidad, ASSA aplica para el cobro de las deudas vencidas e impagas una tasa de interés de 3,175% para el pago a los 15 días de la fecha del primer vencimiento y de 6,35% mensual para el pago a los 30 días. La aplicación de la tasa vigente representa en forma anual un 76%.

Por otra parte, las tasas de interés por mora que aplica el Estado Provincial para obligaciones fiscales se encuentran reguladas en el Art. 103 del Código Fiscal de Santa Fe (Ley 13.260), que dispone que ante la falta total o parcial de deudas que no se abonen dentro de los plazos establecidos tendrá un interés que fije el Minis terio de Economía, que no podrá exceder de un 50% al que fije el Agente Financiero de la Provincia de Santa Fe.

El Decreto 1560/91 autoriza al Ministerio de Economía de la Provincia a determinarlos, razón por la cual éste ha dispuesto en la Resolución 210/2014 la tasa aplicable por pago fuera de término en el 3% mensual, que es más razonable.

“En los servicios públicos se impone la necesidad de preservar un trato justo y equitativo para evitar situaciones de abuso de quien se encuentra limitado a adherirse a la prestación de servicios porque, caso contrario no obtiene ninguno. Además de ello responde al sentido común que el Directorio de ASSA, teniendo en cuenta el principio de equidad, la actual situación económica del país y el resguardo de los usuarios, adecue las excesivas tasas de interés que aplica en la actualidad”, finalizó el legislador del PDP.

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Redaccion
Redacción de Firmat24
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