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Tiene media sanción

La cámara de Senadores de Santa Fe, dio media sanción y giró a Diputados el proyecto de ley del senador Enrico, para comenzar con la aplicación de sanciones a quienes hagan canales clandestinos.

Finalmente, la cámara de Senadores de Santa Fe, dio media sanción y giró a la cámara de Diputados para su estudio, tratamiento y sanción definitiva, el proyecto de ley del senador Lisandro Enrico, para comenzar con la aplicación de sanciones a quienes hagan canales clandestinos. El texto, que regula esta situación, fue consensuado con el Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente de Santa Fe.

La norma incorpora nuevas modificaciones, vinculadas a la participación de gobiernos locales y la intervención de los comités de cuenca. En esto, el legislador, resaltó: “Lo que se plantea es que exista un mecanismo por el cual el gobierno provincial a través del Ministerio de Agua, los gobiernos municipales y comunales, tengan la función de ejercer el poder de policía. Esta fue una de las principales modificaciones respecto del proyecto original presentado, en donde se establecía que la única autoridad de aplicación era el Ministerio”, comentó. Aquí, aclaró que fue la propia cartera de Aguas quien hizo esta solicitud porque “es la única manera de enfrentar un problema tan diverso en forma conjunta”, señaló.

En ese sentido se estableció que al existir una obra irregular o canal clandestino -dentro de un solo distrito y que genere problema entre vecinos o propietarios de una misma Comuna o Municipio- la autoridad que aplique la sanción sea el gobierno local con asistencia y apoyo de la Provincia.

“Cuando la obra irregular afecta más de un distrito o vías de comunicación, rutas, caminos o cuando afecte de alguna manera el interés provincial, ahí la autoridad de aplicación es directamente la provincia a través de las áreas del Ministerio”, amplió Enrico.
Por otra parte, explicó que se incorporó una mayor participación de los comités de Cuenca, aclarando que ante la existencia de una obra irregular lo primero que se va a tratar es de buscar una solución pacífica, donde estas instituciones tengan su intervención y también, interpreten criterios en el tema de manejo de recursos hídricos.

Multas

Otra cuestión que agrega la ley aprobada, es que se va a poder multar o sancionar no solo al titular del campo o el inmueble, sino también a la empresa contratista que accede a realizar la obra:

“Esto puede darse si no muestra o acredita el permiso habilitante de quien le encargó hacer el trabajo, que dicho sea de paso, debe ser certificado por la autoridad gubernamental de la jurisdicción”, sostuvo.

El resto de la normativa se mantuvo del mismo modo en que fue presentada por Enrico: Se deja en claro que la multa es de 100 a 10000 unidades, monto fijado en pesos, establecido por la propia reglamentación, que se va a ir actualizando año a año. Y además se faculta a gobiernos locales a tomar medidas directas que es lo más importante de la ley y que se sostuvo del mismo modo.

“Vale destacar que siguen vigentes medidas tales como remoción de canales mal hechos; construir terraplenes; decomisar o secuestrar elementos utilizados para la realización de obras clandestinas; e iniciar acciones administrativas que estable la ley 11717 para el procedimiento de aplicación de sanciones. No es la solución definitiva pero si permite tener más poder de acción en una situación limitante. Por eso no hay que generar expectativas. No es que si Diputados lo aprueba van a estar todos los canales clausurados. Porque son lugares difíciles de acceder, de identificar.

Hay canales que están construidos de manera irregular pero que están bajo agua con lo cual muchas veces las comunas o municipios no pueden acceder con facilidad a remover la obra que este mal hecha, pero si con esta ley van a poder iniciar los procedimientos sancionatorios establecidos”, completó el senador Lisandro Enrico.

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Redaccion
Redacción de Firmat24
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