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Hoy se vota en Santa Fe

Este domingo, los santafesinos eligen gobernador, diputados, senadores departamentales, intendentes, concejales y presidentes comunales. Una guía con algunos consejos a tener en cuenta.

Este domingo, los santafesinos eligen gobernador, diputados, senadores departamentales, intendentes, concejales y presidentes comunales. Una guía con algunos consejos a tener en cuenta.

¿A partir de qué hora se puede ir a votar y a qué hora finaliza el comicio?

La votación inicia a las 8 hs. y finaliza a las 18hs. A esa hora se cerrará el local de votación, pudiendo emitir su voto los ciudadanos que ya se encuentren haciendo la fila dentro del local.

¿Qué se elige en las elecciones del 14 de junio de 2015?

En estas elecciones provinciales y locales votamos: Gobernador y Vicegobernador de la provincia, 50 Diputados Provinciales, Senadores Provinciales (cada departamento elige sólo uno), Intendentes municipales, Concejales: renovación parcial de los Concejos Municipales, Comisiones Comunales y Contralores de Cuentas: renovación total de las autoridades a nivel comunal.

Todos los cargos se eligen por un plazo 4 años, excepto los correspondientes a los representantes de las comunas que tienen una duración de 2 años.

¿Quiénes tienen la obligación de votar y quienes están exentos?

Votan todos quienes estén habilitados e inscriptos en el Padrón Electoral.

Tiene el deber de votar: Todo elector tiene el deber de votar en la elección nacional que se realice en su distrito. Son electores los argentinos nativos y por opción, desde los dieciocho (18) años de edad, que no tengan ninguna de las inhabilitaciones previstas en el Código Nacional Electoral.

Quedan exentos de esa obligación:

a) Los jueces y sus auxiliares que por imperio del Código Nacional Electoral deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial;

b) Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos (500) kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Tales electores se presentarán el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la que extenderá certificación escrita que acredite

c) Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares. Los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder, el día del comicio, al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, debiendo concurrir a su domicilio para verificar esas circunstancias y hacerle entrega del certificado correspondiente;

d) El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo.

e) Las personas mayores de 70 años tienen la obligación de votar pero no tendrán sanciones si no lo hacen.

¿Quiénes NO pueden votar?

Las personas que no figuren en el padrón; aquellos que (aunque figuren en el padrón) no presenten su documento cívico; los que concurran con Libreta Cívica o de Enrolamiento y figuren en el padrón con DNI, o presenten un ejemplar del documento de identidad anterior al que figura en el padrón.

Importante: No podrán votar quienes concurran con un ejemplar del documento cívico anterior al que figura en el padrón.

¿Con qué documento se vota?

Los electores podrán votar con cualquier documento, con DNI libreta de tapa verde, DNI libreta de tapa celeste, Libreta Cívica, Libreta de Enrolamiento, y todos los DNI tarjeta, también aquellos que tienen la leyenda “no válido para votar”.

El Pasaporte, las constancias de extravío o de documento en trámite no son válidos para votar.

¿Qué ocurre si hay diferencias entre los datos del padrón y los contenidos en el DNI?

Las autoridades de mesa deberán verificar todos los datos, a fin de establecer la autenticidad del documento. Puede darse el caso de errores en alguna letra del apellido, pero si los números del DNI son los mismos, el elector puede votar. En caso de que el error sea en un número, se deberá analizar si el nombre del elector, su edad, fecha de nacimiento y su dirección coinciden, para salvar el error. Si los errores son varios, el elector no debe ser autorizado a votar.

¿Cómo es la constancia de la emisión del voto?

Ya no se sellan DNI como constancia de emisión de voto. Se entrega un troquel impreso con los datos del elector y un código de barras que es único e intransferible. Para ser válido debe poseer la firma del Presidente de Mesa.

¿Pueden votar quienes tienen 16 y 17 años?

En las elecciones provinciales no pueden votar los jóvenes a partir de los 16 años. En Santa Fe podrán votar a nivel provincial y local solamente los electores que tengan 18 años al día de la elección.

¿Dónde se vota?

En las elecciones 2015 se mantiene la unificación de padrones de hombres y mujeres como en 2011 y 203. Es necesario recordar que los electores podrán votar únicamente en la mesa receptora de votos en cuya lista figuren asentados y con el documento habilitante. Recomendamos verificar el lugar y Número de Mesa de votación en: http://tribunalelectoral.santafe.gov.ar

¿Qué sucede si hice cambio de domicilio? ¿Voto en otro lugar?

Si lo hizo dentro de los plazos que indica la ley, la justicia electoral le otorga un nuevo lugar de votación, cerca de su domicilio actual. Si no lo hizo dentro del plazo, deberá verificar su lugar de votación, pero seguramente lo hará en el mismo lugar de la elección anterior.

¿Dónde emiten el sufragio las Autoridades de Mesa y los Fiscales Partidarios?

Los electores, Autoridades de Mesa y Fiscales Partidarios sólo podrán votar en la mesa en la que se encuentren inscriptos y con el documento habilitante. Nadie y por ninguna causa puede el día de los comicios agregarse al padrón de una mesa para ejercer el sufragio.

¿Alguien puede obligarme a votar por una lista o comentar mi opción electoral?

El sufragio es individual y secreto, ninguna agrupación política puede obligar al elector a votar por una lista determinada. El secreto del voto es obligatorio durante todo el desarrollo del acto electoral. Ningún elector puede comparecer al recinto de la mesa exhibiendo de modo alguno la boleta del sufragio, ni formulando cualquier manifestación que importe violar tal secreto.

¿Las elecciones nacionales y provinciales son simultáneas y en el mismo lugar?

No, este año las elecciones nacionales y las provinciales están desdobladas. El 14 de junio se vota sólo con el sistema de boleta única y se eligen cargos provinciales y municipales/comunales. Las elecciones nacionales son el 9 de agosto (PASO nacionales) y el 25 de octubre (Generales nacionales).

¿Cómo será el proceso de votación?

Paso 1) El elector debe presentarse en el lugar de votación y acreditar su identidad con un documento válido.

Paso 2) El Presidente de Mesa le dará al elector cinco boletas únicas (en las comunas son sólo cuatro) y un bolígrafo.

Paso 3) El elector pasa al box de votación, marcará la opción de su preferencia para cada categorías en cada una de las boletas (para que el voto sea válido deberá marcar una sola opción por boleta o no marcar nada, dejando el voto en blanco), luego doblar las boletas por las líneas impresas al dorso y al salir la depositar las 5 boletas en la urna de 5 bocas. NO SE UTILIZAN SOBRES.

Paso 4) Finalmente, el elector firmará el padrón y el Presidente de Mesa le entregará una constancia de emisión del voto con su firma.

¿Está permitido el uso del celular dentro del box de votación?

No. El elector no puede utilizar el celular ni para emitir llamadas ni para sacar fotografías, ya que esto atenta contra el secreto del sufragio. La “Acordada N°8/15” prohíbe explícitamente el ingreso al box de votación con cámaras, filmadoras o cualquier dispositivo de captura de imágenes o video.

¿Cómo son las Boletas electorales?

Las boletas para las elecciones provinciales tienen formato de “boleta única”, esto es, hay una boleta para cada categoría a elegir, en la cual figurarán todas las listas o candidatos que se presentan para esa categoría. Las boletas únicas serán cada una de un color diferente. Estas boletas son entregadas por el Presidente de Mesa con su firma, y deben ser dobladas por las líneas demarcadas a tal fin antes de introducirlas en la urna. NO se utilizan sobres para meterlas en la urna.

En las elecciones 2015 los colores de las boletas serán:

– Verde: Gobernador
– Naranja: Diputados
– Azul: Senador
– Rojo: Intendente
– Amarillo: Concejales y Comisiones Comunales.

¿Cómo se doblan las boletas únicas?

Es tarea de la Autoridad de Mesa explicarle al elector cómo debe plegar la o las boletas utilizadas para votar en las elecciones provinciales. Al no haber sobre, el plegado resulta fundamental para preservar el secreto del voto, además de ser imprescindible para la correcta introducción de la boleta en la urna. Por ello, cada boleta posee al dorso dos líneas de puntos premarcados que establecen claramente el lugar donde se debe realizar el primer y el segundo doblez, de modo tal que no quede a la vista las opción elegida y sea más fácil introducirla en la urna.

¿En la boleta única figuran todos los candidatos a legisladores?

En virtud de la falta de espacio para publicar listas enteras de titulares y suplentes, en la boleta única solo aparecen los primeros tres candidatos de cada lista. Las listas completas de candidatos para cada agrupación política figuran en afiches que estarán visibles dentro de los boxes de votación. Las listas completas también estarán disponibles al ingreso del local de votación.

 

 

 

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Redaccion
Redacción de Firmat24
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