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Una ordenanza que hace ruido

Un repaso por los principales puntos de la ordenanza 1549. ¿Qué pirotecnia se puede vender y usar en territorio firmatense? ¿Cuántos comercios están habilitados para el expendio?

A pesar de que desde hace tres años y medio rige una ordenanza que prohíbe la comercialización y uso de pirotecnia de efecto audible (bombas de estruendo, “petardos”, “rompe-portones”, entre otros) la llegada de las fiestas de fin de año provoca malestar respecto a la problemática que no es exclusiva del mes de diciembre. La proliferación de «festejos» ruidosos de parte de algunos vecinos, enciende la queja de otros que exigen el cumplimiento de la legislación vigente.

En este punto, es necesario aclarar qué dice concretamente la legislación vigente. La ordenanza  N° 1549 -sancionada en mayo de 2013-  prohíbe sólo la comercialización y uso de pirotecnia de efecto audible, permitiendo la venta y el uso de pirotecnia clasificada por el RENAR como A 11 y B 3 de efecto lumínico (fuegos artificiales, cañas voladoras, estrellas etc.).

En ese marco, el Estado municipal habilitó algunos locales para el expendio de la pirotecnia habilitada. Fuentes oficiales confirmaron a Firmat24 que, hasta el martes 20, son tres los comercios que cuentan con el permiso correspondiente. Los mismos están ubicados en Bv. Solis 925; Bv. Colón 938 e Italia 972.

El uso de pirotecnia puede provocar en las personas amputaciones de miembros, pérdida de la vista, quemaduras graves, serios daños en los oídos de bebes y niños, y en algunos casos,  la muerte.

En las mascotas, dada la sensibilidad auditiva de perros y gatos, los estruendos de las bombas y otros artefactos les generan taquicardia, temblores, jadeo, salivación, insuficiencia respiratoria, náuseas, aturdimiento, pérdida de control, vómitos, convulsiones e infartos, con el consiguiente riesgo de muerte. Frente al miedo, pueden huir y ser víctimas de accidentes o perderse. Asimismo, sufren desórdenes emocionales, inclusive depresiones y estrés.

La ordenanza

Después de varios meses de estudio y una intensa campaña llevada adelante desde Fundación Vassalli, en mayo del 2013, el Concejo aprobó por unanimidad la ordenanza que regula la venta y uso de pirotecnia.

La iniciativa -impulsada inicialmente por los legisladores del Frente Progresista, Emiliano Stenta y Gabriel Grivarello- autoriza la venta y utilización de artículos de pirotecnia que “sólo tengan efecto visible y bajo poder auditivo”.

Al establecer que sólo podrán utilizarse dentro de la jurisdicción firmatense artículos clasificados por el RENAR como clase A-11 y B-3, la normativa prohíbe no sólo la venta sino el uso de bombas de estruendo.

Entre otras cuestiones, la ordenanza aclara que el Estado localpodrá autorizar eventualmente la utilización de artificios pirotécnicos en grandes espectáculos o cuando sean requeridos, siempre que correspondan con los permitidos en la presente ordenanza, sin riesgos de explosión en masas, y siempre que esté a cargo de personal idóneo.

En ese sentido, enumera una serie de requisitos que los interesados deberán cumplimentar -con una antelación no menor a siete días- para acceder a dicho permiso.

Deberán indicar el lugar preciso donde se instalarán los artificios”;“nombre y domicilio de la institución o persona que patrocina la quema“motivo por el cuál se realiza, son algunos de los datos que deben brindar.

La campaña

A fines de 2012, con la participación de diferentes actores sociales involucrados en la temática, se generó un espacio de debate en torno a la venta y uso de pirotecnia en territorio firmatense.

En ese marco, y en su sostenida lucha a favor de la prohibición total de ambas actividades, Fundación “Roque Vassalli” impulsó una fuerte campaña en pos de lograr la prohibición del uso y venta de artefactos pirotécnicos.

A fines de marzo de este año, la Fundación presentó a los ediles un petitorio que fue acompañado por unas 2000 firmas de vecinos y notas de adhesión de diversas instituciones de la ciudad.

 

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Redaccion
Redacción de Firmat24
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