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Prohíben toda actividad que implique el cobro de cuotas a domicilio

La medida fue incluida dentro de un nuevo decreto del intendente Maximino.

DECRETO Nº 24/2020
Firmat, 31 de marzo de 2020

VISTO:

El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020,

CONSIDERANDO:

Que el presidente de la Nación Argentina, ha prorrogado el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” hasta el 13 de abril del corriente.-

Que es necesario adecuar la normativa municipal, al nuevo plazo dispuesto a nivel nacional para el aislamiento forzado;

Que paralelamente, se aclararán ciertos aspectos relacionados con las actividades prohibidas y excluidas por el Decreto;

Por todo ello, el Intendente Municipal de Firmat en uso de sus atribuciones;

D E C R E T A

ARTÍCULO 1°: Prorrogar la vigencia de las medidas adoptadas a los fines de implementar el cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, hasta que el Gobierno Nacional disponga su finalización.

ARTÍCULO 2°: Disponer que los comercios inscripto como venta al por menor en Kioscos, podrán funcionar como tales de 8 a 12hs., sin permitir el ingreso de personas al local, estando prohibido la realización de actividades anexas.

ARTÍCULO 3°: Disponer que los comercios cuya actividad principal sea la venta de pañales, podrán comercializar los mismos, solo bajo la modalidad delivery y con las restricciones horarias (de 8 a 16hs.).

ARTÍCULO 4°: Prohibir toda actividad que implique el cobro de cuotas a domicilio; debiendo las respectivas empresas y/o instituciones implementar el cobro electrónico o prorrogar sus vencimientos.

ARTÍCULO 5°: El incumplimiento de las obligaciones prescriptas en el presente, será sancionado con clausura y/o multa, de entre doscientas Unidades Fijas (200 U.F.) y dos mil (2.000 U.F) y/o clausura.

ARTÍCULO 6°: Comuníquese, regístrese y archívese.

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Redaccion
Redacción de Firmat24
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