
En medio de un panorama sanitario de alta complejidad, este lunes se vence el decreto nacional vigente y una de las principales preocupaciones de los santafesinos pasa por saber qué actividades se podrán realizar y cuáles en los 5 días hábiles que van hasta el 4 de junio, fecha en que vuelve a entrar en vigencia el DNU nacional.
En ese marco, el lunes pasado, el gobernador Omar Perotti había adelantado que la provincia volverá a las medidas comprendidas en el decreto provincial 647/21, la cual preveía la reducción de la circulación vehicular y peatonal.
Si bien aún no hubo un anuncio formal al respecto, se especula que la comunicación -ya sea con la confirmación de las mencionadas declaraciones periodísticas de Perotti o por medidas más estrictas por el agravamiento de la situación sanitaria- llegará este viernes por la noche.
Los alcances del decreto 647/21
Restricción a la circulación vehicular
-Queda restringida la circulación vehicular a toda persona que no realice actividades autorizadas desde las 0 hs del 20.05 hasta el 31.05.2021.
Excepciones (podrán circular)
-Quienes cumplan con su actividad laboral.
-Situaciones de fuerza mayor, incluyendo asistencia médica, farmacéutica y cuidado de personas.
-Desplazamientos hacia y desde establecimientos educativos (padres, alumnos y personal escolar).
Actividades laborales permitidas
Desde las 6 hasta las 17 hs:
-Comercio mayorista y minorista de venta de mercaderías.
-Oficios y servicios en general.
-Veterinarias (Emergencias: desde las 17 hs en adelante).
-Actividades religiosas al aire libre.
Desde las 6 hasta las 19 hs:
-Comercio mayorista y minorista de venta de alimentos.
-Locales gastronómicos tales como bares, restaurantes, heladerías y otros (Servicio de delivery hasta las 23 hs).
-Taxis y remises (después de las 19 hs: cuestiones laborales, salud y fuerza mayor).
-Estaciones de Servicio dentro de la ciudad.
Sin límite horario, con permiso y/o aplicación Cuidar
-Industria de producción continua.
-Productores agropecuarios.
-Transporte de mercaderías / comisionistas.
-Estaciones de Servicio sobre la ruta.
Por teletrabajo o trabajo remoto
-Profesiones liberales, mandatarios, corredores, martilleros.
-Inmobiliarias y aseguradoras.
-Actividades administrativas, en sindicatos, gremios, entidades civiles y deportivas, obras sociales y otras.
-Actividades administrativas en empresas industriales, de construcción, comercio y servicios.
Asambleas y actos eleccionarios de personas jurídicas.
Actividades Suspendidas
-Reuniones sociales y familiares tanto en espacios públicos como privados.
-Prácticas deportivas grupales.
-Clubes, natatorios, gimnasios, canchas de futbol 5 y actividades afines.
-Peloteros y locales de eventos, de fiestas y similares.
-Eventos culturales y recreativos.
-Actividad artística y artesanal a cielo abierto.
Respecto a las clases presenciales, éstas estarían permitidas en todo el territorio santafesino menos en los departamentos que se encuentran en «alarma sanitaria». Si no hay cambios, éstos serían Rosario; Capital; San Lorenzo.