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El lunes vence el decreto nacional ¿Qué actividades estarían permitidas y cuáles no en la provincia?

En medio de un panorama sanitario de alta complejidad, este lunes se vence el decreto nacional vigente y una de las principales preocupaciones de los santafesinos pasa por saber qué actividades se podrán realizar y cuáles en los 5 días hábiles que van hasta el 4 de junio, fecha en que vuelve a entrar en vigencia el DNU nacional.

En medio de un panorama sanitario de alta complejidad, este lunes se vence el decreto nacional vigente y una de las principales preocupaciones de los santafesinos pasa por saber qué actividades se podrán realizar y cuáles en los 5 días hábiles que van hasta el 4 de junio, fecha en que vuelve a entrar en vigencia el DNU nacional.

En ese marco, el lunes pasado, el gobernador Omar Perotti había adelantado que la provincia volverá a las medidas comprendidas en el decreto provincial 647/21, la cual preveía la reducción de la circulación vehicular y peatonal.

Si bien aún no hubo un anuncio formal al respecto, se especula que la comunicación -ya sea con la confirmación de las mencionadas declaraciones periodísticas de Perotti o por medidas más estrictas por el agravamiento de la situación sanitaria- llegará este viernes por la noche.

Los alcances del decreto 647/21

Restricción a la circulación vehicular

-Queda restringida la circulación vehicular a toda persona que no realice actividades autorizadas desde las 0 hs del 20.05 hasta el 31.05.2021.

Excepciones (podrán circular)

-Quienes cumplan con su actividad laboral.

-Situaciones de fuerza mayor, incluyendo asistencia médica, farmacéutica y cuidado de personas.

-Desplazamientos hacia y desde establecimientos educativos (padres, alumnos y personal escolar).

Actividades laborales permitidas

Desde las 6 hasta las 17 hs:

-Comercio mayorista y minorista de venta de mercaderías.

-Oficios y servicios en general.

-Veterinarias (Emergencias: desde las 17 hs en adelante).

-Actividades religiosas al aire libre.

Desde las 6 hasta las 19 hs:

-Comercio mayorista y minorista de venta de alimentos.

-Locales gastronómicos tales como bares, restaurantes, heladerías y otros (Servicio de delivery hasta las 23 hs).

-Taxis y remises (después de las 19 hs: cuestiones laborales, salud y fuerza mayor).

-Estaciones de Servicio dentro de la ciudad.

Sin límite horario, con permiso y/o aplicación Cuidar

-Industria de producción continua.

-Productores agropecuarios.

-Transporte de mercaderías / comisionistas.

-Estaciones de Servicio sobre la ruta.

Por teletrabajo o trabajo remoto

-Profesiones liberales, mandatarios, corredores, martilleros.

-Inmobiliarias y aseguradoras.

-Actividades administrativas, en sindicatos, gremios, entidades civiles y deportivas, obras sociales y otras.

-Actividades administrativas en empresas industriales, de construcción, comercio y servicios.

Asambleas y actos eleccionarios de personas jurídicas.

Actividades Suspendidas

-Reuniones sociales y familiares tanto en espacios públicos como privados.

-Prácticas deportivas grupales.

-Clubes, natatorios, gimnasios, canchas de futbol 5 y actividades afines.

-Peloteros y locales de eventos, de fiestas y similares.

-Eventos culturales y recreativos.

-Actividad artística y artesanal a cielo abierto.

Respecto a las clases presenciales, éstas estarían permitidas en todo el territorio santafesino menos en los departamentos que se encuentran en «alarma sanitaria». Si no hay cambios, éstos serían Rosario; Capital; San Lorenzo.

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Redaccion
Redacción de Firmat24
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