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Sobre el subsidio al gas

El vencimiento del subsidio al servicio de gas natural no tiene relación con el beneficio que está explicitado en color rojo en la boleta y que se otorga a la totalidad de los usuarios.

La Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe desea aclarar que el vencimiento en el mes de mayo del subsidio al servicio de gas natural no tiene relación con el beneficio que está explicitado en color rojo en la boleta y que se otorga a la totalidad de los usuarios.

Se trata de otra exención dada oportunamente por el Enargás para casos especiales. Los que ya realizaron el trámite del subsidio el año pasado deben solicitar este año la prórroga, así como aquéllos que antes no lo hicieron pero que sí cumplen alguna de las condiciones detalladas en las normativas del Enargás y que se exponen a continuación:

* Padecer una enfermedad crónica que implique un mayor consumo del servicio.
* Percibir como único ingreso previsional el equivalente a un haber mínimo.
* Percibir pensiones no contributivas.
* Ser beneficiario de algún plan o programa social (Asignación Universal por Hijo, Subsidios por Desempleo, Plan Familia, etc).
* Tener el domicilio afectado por actividades de índole social (institutos, comedores comunitarios, centros de recuperación, etc).
* Percibir alguna asignación familiar.
* Contar con certificado de discapacidad.
* Poseer ingresos familiares insuficientes para afrontar el pago de la tarifa plena.
* Encontrarse exento del pago de tasas municipales.
* Poseer vivienda con características edilicias desfavorables que impliquen la utilización de un mayor consumo del servicio (vivienda precaria con familia numerosa, vivienda precaria carente de alguno de los otros servicios públicos, etc).
* Poseer vivienda con un local anexo destinado a la actividad comercial (pequeños comercios, talleres de oficio, etc).
* Poseer vivienda en la cual conviven múltiples hogares.

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Redaccion
Redacción de Firmat24
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