Comunicado Festram
La Federación de Sindicatos de Trabajadores Municipales ha recabado denuncias presentadas por varios sindicatos adheridos, en relación al intento en municipios y comunas de liquidar los sueldos del mes de julio sin la correspondiente proporcionalidad del sueldo anual complementario, y desconocer las diferencias producidas por la inflación en el mes de mayo.
La contradictoria e improcedente intervención de la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas viene a colaborar con el argumento utilizado por algunas autoridades municipales y/o comunales, quienes de mala fe pretenden alterar la letra y el espíritu del acuerdo paritario, en particular de la cláusula gatillo y su aplicación, la que debe garantizar que los salarios no pierdan poder adquisitivo frente a la inflación.
El acuerdo paritario suscripto entre la representación de los intendentes y FESTRAM en fecha 03/04/2018 estableció un incremento en el mes de marzo del 10% real y efectivo, (que no contiene la cláusula gatillo del 1,1 % correspondiente a la política salarial 2017). Por lo tanto cuando en el mes de mayo el I.P.E.C. midió un 12,8 % de inflación, generó una diferencia salarial del 2,8% en relación al mes de marzo.
Tal es así, que por circular informativa Nº 020/18 de la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas de fecha 28/06/2018 se informaba a las administraciones locales que “se deberá incluir un 2,8% de incremento salarial con la liquidación de haberes correspondiente al mes de julio”
Contrariamente a la comunicación oficial antes mencionada, la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas altera ahora el criterio interpretativo, facilitando la maniobra en algunas intendencias y comunas para eludir el pago de la cláusula gatillo sobre el sueldo anual complementario y las diferencias del mes de mayo. El organismo del Estado provincial, cuyos dictámenes son apreciativos y de ninguna manera vinculantes, se arroga una facultad propia de la comisión técnica de paritaria, generando confusión y situaciones conflictivas en torno a la liquidación de salarios de los trabajadores municipales y comunales.
Por todo lo expuesto, el plenario de secretarios generales realizado en la ciudad de Fray Luis Beltrán el pasado 25/07/2018 resolvió disponer que, en todas aquellas municipalidades y comunas que no den cumplimiento al pago de las diferencias salariales surgidas por la aplicación de la cláusula gatillo, que deben ser abonadas con los haberes del mes de julio, se inicie la retención de tareas a partir de las 0 Hs del día 8 de Agosto hasta completar el cobro de la totalidad de los salarios con la aplicación de la cláusula gatillo (2,8% Mayo; 6,9% Junio y diferencia proporcional S.A.C.)
Desde FESTRAM recalcan que ni la inflación descontrolada, ni la estrepitosa caída de la coparticipación, es responsabilidad de los trabajadores. Las organizaciones sindicales siempre han estado dispuestas a encontrar las formas de facilitar el cumplimiento de las obligaciones salariales, pero el desconocimiento a los acuerdos paritarios constituye una violación a las condiciones salariales y una agresión a los derechos de los trabajadores.
Fuente: Prensa FESTRAM