
En la sesión ordinaria que se celebró el primer día de septiembre, el bloque de concejales del Frente Progresista (Garziera, Ripoll y Escalante) presentó un proyecto tendiente a implementar el sistema de estacionamiento medido y pago en algunas calles de la ciudad. La idea -de la que viene hablándose desde hace bastante tiempo- ya había sido presentada hace un año por el mismo sector político y había perdido estado parlamentario por no haber sido tratada.
El proyecto surgió como una forma de hacer frente a la problemática del caos vehicular que se genera en la zona céntrica – en especial los días de semana en horario comercial y administrativo.
“En muchas ciudades, este sistema posibilita la reducción automática y a niveles razonables del tiempo que los vehículos permanecen estacionados en la zona de conflicto; con el consiguiente recambio de espacios para el estacionamiento” explicitan los ediles en el borrador.
Más adelante agregan: “el mencionado sistema, si bien no apunta a fines recaudatorios en sí sino al ordenamiento mejor del tránsito, tampoco representará un gasto al Municipio en función de su autofinanciación e incluso, de quedar excedentes, éstos se emplearán en campañas de educación vial u otras similares”.
Las calles que comprendería el sistema son: “Santa Fe entre Corrientes y Bv. Colón; San Martín, entre Bv. Colón y Entre Ríos; Sarmiento entre Corrientes y Bv.Colón; Buenos Aires entre Belgrano e Independencia; Córdoba entre Independencia y Belgrano; Entre Ríos entre San Martín y Sarmiento”.
Sobre los horarios de funcionamiento, la propuesta establece: “los días hábiles de la siguiente manera: a) del 1º de octubre al 31 de marzo: de lunes a viernes inclusive, de 8 a 12.30 horas y de 16 a 20 horas. b) del 1º de abril al 30 de septiembre: de lunes a viernes de 8 a 12 horas y de 15 a 19 horas”.
El sistema funcionaría “con tarjetas que deberán tener impreso en el frente los siguientes datos: día, mes, año, hora y minutos, separados en períodos de diez, dejando espacio suficiente para un claro y fácil señalamiento de datos por el usuario, mediante tachadura por tinta o por perforación; mientras que en el reverso se detallarán las infracciones a esta normativa y penalidades, y además podrán tener inscripciones publicitarias, siendo la recaudación destinada a campaña de educación vial. Las tarjetas deberán ser colocadas por el usuario sobre el lateral derecho del parabrisa delantero del vehículo a efectos de facilitar la inspección”.
Una de las cuestiones de las que habla el extenso proyecto hace referencia a las infracciones y multas.
“Serán consideradas infracciones al sistema de estacionamiento medido, las siguientes situaciones: a) Falta de tarjeta. b) Falta de marcación correspondiente de la tarjeta y/o utilización de marcación no permitida, ya sea por el modo o por el elemento usado. c) Introducción de enmiendas en la tarjeta que signifiquen modificaciones de datos. d) Tarjeta cuyo lapso de duración ha expirado.e) Estacionamiento entre líneas amarillas de vehículos no comprendidos en las excepciones previstas en el artículo 8º de la presente ordenanza y/o las que el Departamento Ejecutivo Municipal establezca discrecionalmente” dice y agrega: “en caso de infracción por incumplimiento de esta norma, se aplicará una sanción pecuniaria, equivalente al valor de cuarenta (40 horas) de estacionamiento, la que podrá reducirse al 50% si el infractor la abona voluntariamente dentro de las setenta y dos (72) horas hábiles siguientes de haber sido notificado de la infracción cometida”.
Respecto a los montos, el proyecto plantea lo siguiente: “las tarjetas a expenderse serán de tres tipos: a) de una hora de duración, b) de treinta minutos duración y c) de quince minutos de duración. Su valor de venta al público será de $10.00 (Diez Pesos), de $ 5,00 (Cinco Pesos) y de $ 2,50 (Dos c/50/100) respectivamente”.
Otro punto que aclara el planteo está relacionado a las excepciones del pago del sistema. En ese sentido, enumera: “vehículos de la Policía Provincial, policía federal, Municipalidad, Estado provincial y nacional, Bomberos Voluntarios, ambulancia y prensa, en cumplimiento de sus servicios específicos y que estén debidamente registrados en el sistemas. B) Los vehículos para discapacitados debidamente identificados, autorizados como tales y registrados en el listado que se establecerá a tales fines. C) Los vehículos de carga y descarga de mercaderías dentro de los horarios y zonas establecidas por Ordenanza. D) vehículos afectados al sistema educativo debidamente registrados en el sistema. E) Otros que presten servicios de bien público, que lo acrediten fehacientemente y que se encuentren registrados en el sistema. F) Frentista titular del inmueble y del vehículo debidamente autorizado dadas las siguientes condiciones: a) frentista con entrada de garage, la excepción para estacionar será en dicha entrada. B) frentista sin entrada de garage, la excepción será en un radio de cien (100) metros del domicilio”.
Foto: Iván Crespo.