La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró este mediodía constitucional la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual votada por el Congreso el año 2009. El máximo tribunal dio a conocer los fundamentos de la decisión.
Contrario al planteo realizado por el grupo Clarín, los magistrados entendieron que no se viola el derecho a la propiedad ni a la libertad de expresión.
«Es legítima una ley que fije límites generales a priori, porque de esa manera se favorece la libertad de expresión al impedir la concentración en el mercado», sostuvieron y agregaron: «deben protegerse los derechos de propiedad de los licenciatarios mediante una indemnización».
Además aseguraron que «deben existir políticas transparentes en los subsidios y la publicidad oficial» y que «los medios públicos no deben ser meros instrumentos de apoyo a una política de gobierno, o una vía para eliminar voces disidentes«.
Ricardo Lorenzetti, Eugenio Zaffaroni, Enrique Petracchi, y Elena Highton de Nolasco votaron a favor de la constitucionalidad, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay también pero plantearon disidencias, mientras que Carlos Fayt votó en contra.
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