Establece que toda persona puede ser identificada en el DNI con el género que desee, sin necesidad de operarse. Además, las obras sociales y prepagas deberán cubrir las intervenciones de cambio de sexo.
La ley fue promulgada a través del decreto 773/12, que llevó las firmas de la presidenta Cristina Fernández, del jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, y del ministro del Interior, Florencio Randazzo.
La norma que -que había sido aprobada por la Legislatura el pasado 9 de mayo- establece que toda persona «tiene derecho al reconocimiento de su identidad de género tal como la siente«, corresponda o no con «el sexo asignado al nacer«.
La ley 26.743 indica que toda persona tiene derecho «al reconocimiento de su identidad de género; al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género; y a ser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada«.
Con su promulgación, toda persona «podrá solicitar la rectificación registral del sexo, y el cambio de nombre de pila e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida«.