La presidenta de la Nación anunció la modificación que regirá a partir del 1 de septiembre. Por la mañana, el Concejo había tocado el tema.
La presidenta Cristina Fernández de Kirchner anunció el aumento del piso del mínimo no imponible a 15.000 pesos brutos a partir del 1 de setiembre para el pago del impuesto a las ganancias para los trabajadores solteros y casados que se desempeñan en relación de dependencia, al abrir la segunda mesa de diálogo político en Casa de Gobierno.
Durante el encuentro, en el que estaban presentes sindicalistas, empresarios y funcionarios del Gobierno nacional, los titulares de la AFIP y de la Anses, Ricardo Echegaray y Diego Bossio, fueron los encargados de precisar el anuncio realizado por la jefa del Estado.
Sobre las modificaciones en el impuesto a las ganancias, Cristina dijo que «trabajamos duramente y encontramos la vuelta para que queden excluidas la mayoría de las personas que trabajan en relación de dependencia» y que «el gravamen caiga sobre los que más ingresos tienen«.
La suba del mínimo no imponible representa una deducción especial que Echegaray definió como un «genérico para todos«, que supera los niveles anteriores de 8.360 pesos para trabajadores solteros, y de 11.563 pesos para casados con dos hijos, ya que desde el 1 de septiembre en adelante ambos partirán del mismo piso
Por el Impuesto a la Ganancia (Parte de prensa Corriente Renovadora)
Los concejales del bloque de Corriente Renovadora, Sergio Stampone y Franco Stampone, ingresaron al orden del día para ser tratado en la sesión ordinaria 891 un proyecto de resolución que trata el tema del Impuesto a la Ganancia.
Los ediles fundamentaron su proyecto diciendo “éste es un tema un tema de conflicto en los últimos tiempos, y que ha sido objeto de polémicas en nuestro país. La gravabilidad de la renta obtenida mediante el trabajo personal, la combinación durante varios años de un marcado crecimiento económico (con la lógica consecuencia de un incremento de las remuneraciones) y la existencia de un cierto nivel de inflación ha producido que se haya incrementado en forma notable la cantidad de trabajadores y autónomos que ahora pagan el Impuesto a las Ganancias. Como consecuencia de la actualización -o no- del mínimo no imponible, circunstancia económica a partir de la cual se considera que los contribuyentes tienen capacidad contributiva, cada año se plantea la justicia de considerar como renta a las remuneraciones obtenidas como consecuencia de una tarea realizada por el contribuyente de manera personal”.
“Un trabajador en relación de dependencia, que percibe mensualmente un salario como contraprestación por su trabajo personal, con el cual satisface las necesidades básicas e indispensables propias y de su familia, no resultaba razonable que se le tenga que gravar su salario con ganancia, ya que esto produce un grave detrimento al salario del trabajador que tiene carácter netamente alimentario. Es importante que se excluya del impuesto a todos los empleados en relación de dependencia que ganen hasta cinco veces el salario mínimo, vital y móvil” afirmaron.
Los legisladores locales están solicitando mediante la iniciativa al ejecutivo nacional sustituya el inciso b) del artículo 79 de la Ley de Impuesto a las Ganancias (t. o. decreto 649/97 y sus modificaciones) por el siguiente texto:
b) Del trabajo personal ejecutado en relación de dependencia siempre que excedan un monto equivalente a 5 (cinco) veces el salario mínimo, vital y móvil para los trabajadores activos por el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, exceptúese del cálculo para el impuesto el S.A.C., también invitan a que otros concejos deliberantes del la Pcia de Santa Fe adhieran a la resolución.