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Las empresas habilitadas no podrán funcionar hasta tanto no comuniquen el protocolo de prevención adoptado

n el marco de la declaración de emergencia pública en materia sanitaria, la Secretaría de Producción y Desarrollo Local de la Municipalidad de Firmat informa a empresas que fue dictada la Resolución 41/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a partir de la cual los empleadores deberán cumplir con los siguientes requisitos.

En el marco de la declaración de emergencia pública en materia sanitaria, la Secretaría de Producción y Desarrollo Local de la Municipalidad de Firmat informa a empresas que fue dictada la Resolución 41/2020 del Ministerio  de  Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a partir de la cual los empleadores deberán cumplir con los siguientes requisitos:

•          Implementar y publicar protocolo de seguridad e higiene. Enviar a protocolocovid@santafe.gov.ar

•          Confeccionar registro de capacitación a trabajadores.

•          Confeccionar registro de entrega de elementos de protección.

•          Otorgar          licencias        y          medidas        preventivas   a          quienes         merezcan aislamiento obligatorio (art. 7° DNU 260/2020).

•          Promover teletrabajo.

•          Definir política de limpieza y desinfección.

•          Completar la DDJJ, sobre el estado de salud de los trabajadores. Enviar a protocolocovid@santafe.gov.ar

Los establecimientos de actividades ya autorizadas deben comunicar inmediatamente al Ministerio de Trabajo, Empleo  y Seguridad  Social  de la Provincia el Protocolo de Prevención de Coronavirus COVID-19 adoptado, vía mail a: protocolocovid@santafe.gov.ar

Los establecimientos no podrán iniciar sus actividades hasta tanto no comuniquen al Ministerio de  Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia el Protocolo de Prevención de Coronavirus COVID-19 adoptado.

A su  vez, los trabajadores deberán contar conel permiso de circulación,  que lo deberá tramitar en el siguiente link: www.argentina.gob.ar/coronavirus/aislamiento/exceptuados

Por más información, los invitamos a consultar: www.santafe.gov.ar/index.php/web/content/view/full/234511/(subtema)/93802

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Redaccion
Redacción de Firmat24
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