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Moratorias de API y DREI

La primera es hasta el 30 de diciembre, con un máximo de 60 cuotas. La otra vence a fin de noviembre y es para períodos cuyo vencimiento haya operado hasta el 30 de junio último,

La Administración Provincial de Impuestos (API), dependiente de la Secretaria de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía, implementará un programa de planes de pago a los fines de otorgar facilidades a aquellos contribuyentes de la provincia que tienen deudas con el fisco santafesino, que tienen la intención de saldarlas y que no pueden pagar la totalidad de una vez.

La vigencia de los planes, que ya se encuentran operativos (primer día hábil luego de aprobada la normativa), será hasta el 30 de diciembre del corriente. Dependiendo del monto de la deuda, se podrá extender a un máximo de 60 cuotas. La iniciativa está destinada a todos los contribuyentes que no tengan intimación o denuncia penal.

La misma contempla los siguientes tributos: Impuesto Inmobiliario Urbano y Rural; Ingresos Brutos; impuesto de Sellos; Impuesto sobre las Embarcaciones; Impuesto sobre las Actividades Hípicas; Aportes al Instituto Becario; Tasa Retributiva de Servicios; Aportes Sociales Ley 5110; Convenios caducos; Agentes de Retención y/o Percepción.

En todos los casos, los interesados deberán generar el plan de pago desde la aplicación web disponible en www.santafe.gov.ar/api, donde los contribuyentes y/o responsables, en caso de utilización de débito directo en cuenta bancaria deberán identificarse a través de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y la Clave Fiscal otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

 

Plan de pagos por deudas de DREI

Asimismo, la Municipalidad de Firmat recuerda que el 30 de noviembre de 2015 vence el Plan de Pago por Deudas de Derecho de Registro e Inspección (DREI), cuyo vencimiento haya operado hasta el 30 de junio de 2015 inclusive. El objetivo del Estado local es brindar herramientas que permitan a los contribuyentes regularizar su situación.

Vale señalar que será requisito para poder ingresar al presente régimen haber regularizado los períodos vencidos con posterioridad al 30 de junio de 2015.

El 100% de las deudas podrán cancelarse de la siguiente forma:

– Hasta 3 cuotas: 90% descuento del  sobre los recargos e intereses calculados.

– Hasta 12 cuotas: 70% descuento del  sobre los recargos e intereses calculados.

– Hasta 24 cuotas: 50% descuento del  sobre los recargos e intereses calculados.

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Redaccion
Redacción de Firmat24
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