El ministro de Seguridad, Raúl Lamberto, y el intendente de la ciudad de Venado Tuerto, José Luis Freyre, suscribieron esta mañana un convenio para la incorporación de policías con perfil comunitario.
El mismo consiste en un acuerdo de colaboración para coordinar acciones con la finalidad de convocar, seleccionar y formar agentes para completar 100 vacantes con perfil comunitario destinados a la ciudad de Venado Tuerto.
En la oportunidad, Lamberto explicó la importancia de la Policía de Proximidad en nuestra provincia: «Dentro del Plan de seguridad Democrática nos fijamos muchas metas, entre ellas ir hacia un perfil de policía diferente; y para eso pusimos en marcha la Policía Comunitaria que no se trata de un cuerpo de élite, sino un agente más cercano a la gente, al vecino, con un vínculo permanente con la problemática del lugar y en comunicación diaria con las instituciones barriales«, afirmó.
En otro tramo el titular de la cartera de Seguridad recordó que «tenemos en marcha la prueba piloto en el barrio Barranquitas en Santa Fe, donde las encuestas muestran una importante adhesión entre la gente; y en el mes de abril comienza a caminar en el barrio Las Flores, de Rosario«.
«Cuando empezamos con esto sabíamos que teníamos que hacerlo a escala, y por eso nos planteamos tener en funcionamiento, a lo largo del año, la Policía de proximidad en 8 ciudades de la provincia«, afirmó el ministro.
Requisitos de inscripción
Los requisitos para poder inscribirse a la tecnicatura superior en Seguridad Pública y Ciudadana, con perfil comunitario, son: tener entre 18 y 28 años de edad al 31 de diciembre del año en curso; ser argentino, nativo o por opción; tener título secundario o polimodal completo (excluyente sin adeudar materias a la fecha de incorporación); poseer condiciones de salud y aptitudes psicofísicas compatibles con el desempeño de las funciones correspondientes al Escalafón General – Subescalafón Seguridad de la Policía de la Provincia de Santa Fe, debiendo superar los exámenes psicológicos y médicos de ingreso; no haber sido condenado por la Justicia nacional o provincial, por delitos o contravenciones, haya o no cumplido la pena impuesta; no encontrarse procesado por la Justicia Nacional o Provincial, hasta que obtenga sobreseimiento definitivo o absolución con aclaración cuando la ley lo contemple, que el proceso no afecta su buen nombre y honor; no ser empleado público de la administración de la Provincia de Santa Fe; y/o municipal, no haber sido destituido, cesanteado o exonerado de empleo público nacional, provincial o municipal; y presentar la documentación necesaria en forma y plazo que se establezca.