En el marco de la declaración de emergencia pública en materia sanitaria, la Secretaría de Producción y Desarrollo Local de la Municipalidad de Firmat informa que las actividades liberadas deberán cumplir con la Resolución 41/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, antes de reiniciar su actividad.
Se deberán cumplir con los siguientes requisitos:
• Realizar y publicar el protocolo de seguridad e higiene. Enviar a protocolocovid@santafe.gov.ar con copia a secretariadeproduccion@firmat.gov.ar
• Confeccionar registro de capacitación (si tuviera empleado).
• Confeccionar registro de entrega de elementos de protección (Si tuviera empleado).
• Otorgar licencias y medidas preventivas a quienes merezcan aislamiento obligatorio (art. 7° DNU 260/2020).
• Completar la DDJJ, sobre el estado de salud del empleado y empleador. Enviar a protocolocovid@santafe.gov.ar con copia secretariadeproduccion@firmat.gov.ar
Los comercios no podrán iniciar sus actividades hasta tanto no comuniquen al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia el Protocolo de Prevención de Coronavirus COVID-19 adoptado.
A su vez, los trabajadores deberán contar con el permiso de circulación.
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