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Por decreto, el intendente congeló los sueldos de coordinadores y responsables de área

La normativa suspende la aplicación de la cláusula 5ta. del Acta Paritaria Municipal de fecha 03/04/2018,  en virtud de lo dispuesto en el artículo 2° de la
Ordenanza N° 1390 y el artículo 2° de la Resolución Nº 047/2012, para los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2018. 

muni cerrada

DECRETO Nº 089/2018.-
Firmat, 01 de octubre de 2018.-

VISTO:
La Ordenanza N° 1390 art. 2°;
El Decreto Nº. 023/2012;
La Resolución Nº 047/2012 art. 2°;
CONSIDERANDO:

Que el presupuesto aprobado para el ejercicio 2018 y la ordenanza Fiscal Anual para el
Ejercicio 2018 de la Municipalidad de Firmat generó importantes reducciones en materia de
recursos públicos. A título de ejemplo, se eliminó la sexta cuota de patentes, se aprobó una
adecuación de TGI urbana de un 18% cuando se había solicitado un 33%, se eliminaron
recursos provenientes de tasas administrativas, libre multa, entre otros. A ello hay que sumar el
diferimiento en la aplicación de las mencionadas normas, que hizo que durante el primer
cuatrimestre no pudieran aplicarse las distintas adecuaciones tributarias ya que las normas
mencionadas fueron aprobadas por el Concejo Deliberante a fines de abril de corriente;
A ello hay que agregar la eliminación del Fondo Federal Solidario por parte del
Gobierno Nacional a partir de Septiembre del corriente;
A la fecha las variaciones de precios que componen los insumos y servicios esenciales
que requiere el Municipio para la prestación de los servicios públicos han sido sustancialmente
mayores a las proyectadas producto de la devaluación de la moneda nacional de más de un
100% en 8 meses.
Que la variación salarial para el ejercicio vía Paritaria Municipal, contempla la
aplicación de la cláusula gatillo a efectos de adecuarla a la inflación del ejercicio que se
proyecta por encima del 40% de acuerdo a estimaciones tanto públicas como privadas.
Que lo expuesto implica que es necesario adecuar partidas del presupuesto vigente, con
reducciones de gastos en aquellas partidas que sean factibles, a fin de reprogramar
financieramente el ejercicio 2018.-
Por todo ello, el Intendente Municipal de Firmat, en uso de sus facultades,
 

D E C R E T A
ARTÍCULO 1°: Suspéndase la aplicación de la cláusula 5ta. del Acta Paritaria
Municipal de fecha 03/04/2018,  en virtud de lo dispuesto en el artículo 2° de la
Ordenanza N° 1390 y el artículo 2° de la Resolución Nº 047/2012, para los meses de
octubre, noviembre y diciembre de 2018.  La misma disposición se aplicará a los
Coordinadores y Responsables de Área.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese, regístrese y archívese.

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Redaccion
Redacción de Firmat24
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