
Después de un año y medio de que el Juzgado Federal de San Nicolás N° 1 a cargo de Martín Alberto Martínez resolviera hacer lugar a un pedido(impulsado por Usuarios y Consumidores Unidos) ordenando a que Litoral Gas se abstenga de aplicar el cuadro tarifario que entró en vigencia en abril de 2014, en estos días, se conoció que la justicia finalmente decidió declarar «constitucional» al mismo.
La medida le deja el camino libre a Litoral Gas -y a las subdistribuidoras, entre ellas Firmat Gas- para comenzar a facturar con los valores dispuestos en la Resolución N° 2850 del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) que hace especial énfasis en la necesidad de un racional uso del recurso.
En este sentido, es necesario recordar que la nueva tarifa del servicio -que comenzará a aplicarse desde este bimestre- se basa en la capacidad de ahorro del usuario.
Variación porcentual de ahorro
– ahorro mayor al 20%: 0%, sin modificaciones
– ahorro entre 5 y 20%: entre 100 y 343% de aumento
– ahorro menor al 5%: entre 200 y 685 % de aumento
(de acuerdo a cada categoría de usuario residencial)
Asimismo, los incrementos se aplicarán al ítem “gas consumido”, que figura en la factura. En tanto, el importe por “Cargo Fijo” también tendrá variaciones:
– Pasará de $8 a $12 –en las categorías más altas- en los casos que no se registe un ahorro menor al 5%.
– No tendrá variaciones, y se mantendrá en $8, cuando el usuario logre un ahorro superior al 20%.